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El Organismo Andino de Salud saluda al Gobierno del Perú por la promulgación de la Ley del Olvido Oncológico

El Organismo Andino de Salud – Convenio Hipólito Unanue (ORAS-CONHU) expresa su reconocimiento por la reciente promulgación de la Ley del Olvido Oncológico en la Contratación de Servicios y Seguros de Salud en la República del Perú. Esta normativa representa un avance sustantivo en la garantía del derecho a la igualdad y no discriminación de las personas que han superado una enfermedad oncológica.

La ley establece que, una vez transcurridos cinco años desde la superación de una patología oncológica sin recaídas o recurrencias, no podrán considerarse estos antecedentes clínicos al momento de contratar servicios o seguros de salud. Esta disposición busca evitar situaciones de exclusión o trato desigual, promoviendo una plena reintegración social, laboral y económica de los ex pacientes oncológicos.

Entre los aspectos más relevantes de la norma destacan:
• Igualdad de condiciones: Se reconoce expresamente el derecho de las personas que han superado una enfermedad oncológica a contratar servicios y seguros de salud sin ser objeto de restricciones, exclusiones o condiciones discriminatorias asociadas a su historial médico, una vez cumplido el periodo establecido de cinco años sin recurrencia.
• Nulidad de cláusulas discriminatorias: Toda cláusula, condición o disposición contractual que limite el acceso a servicios o seguros de salud por antecedentes oncológicos queda automáticamente sin efecto legal, siempre que se haya verificado el cumplimiento del periodo libre de recurrencias.
• Prohibición de considerar antecedentes oncológicos: Las entidades prestadoras de servicios de salud y las aseguradoras quedan impedidas de incorporar o valorar antecedentes oncológicos en los procesos de evaluación o suscripción de contratos, fomentando así el acceso equitativo y universal a la salud.

La Dra. María del Carmen Calle, Secretaria Ejecutiva del ORAS-CONHU, destacó la importancia de esta legislación, subrayando que “la adopción de medidas como esta, orientadas a eliminar la discriminación hacia quienes han superado el cáncer, representa un acto de justicia y equidad, y se alinea plenamente con los principios de derechos humanos, inclusión y solidaridad que sustentan la acción conjunta de los países andinos.”

Asimismo, mencionó que Chile fue pionero en la región, aprobando una ley que garantiza que los antecedentes de cáncer no puedan ser utilizados para discriminar a los sobrevivientes en la contratación de servicios y seguros de salud; con ello, los 2 países del ORAS-CONHU constituyen un ejemplo inspirador para toda la región.

Finalmente, el Organismo Andino de Salud reitera su compromiso con la promoción de políticas públicas que garanticen el acceso equitativo a los servicios de salud, la protección social y el respeto a los derechos de todas las personas, en particular de aquellas que enfrentan o han enfrentado condiciones de salud complejas.
 


Lima, 02 de junio de 2025

Oficina de Comunicaciones
Organismo Andino de Salud-Convenio Hipólito Unanue

 

 

 

 

  

 

 

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